¿Delito contra la salud pública? Abogado especialista en tráfico de drogas

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Los delitos contra la salud pública, y en concreto el delito por tráfico de drogas queda regulado por el artículo 368 del Código Penal. Nuestro abogado especialista en tráfico de drogas, hoy nos contará un poco más sobre la norma y de qué, modo quedan sancionados.

Cultivo, elaboración, tráfico, facilitación o la promoción del consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas se consideran un delito contra la salud pública por el que podría incurrir en un delito.

El equipo de profesionales que constituyen Justicia Directa advierte de que este tipo de acusaciones, además de una sanción penal, también es objeto de una sanción administrativa por tenencia de drogas.

Si crees que te van a inculpar por un delito de tráfico de drogas ¡No lo dudes!

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Abogado Especialista en Tráfico de Drogas, ¿te ayudo?

Normalmente cuando las autoridades se disponen a realizar controles rutinarios de droga se encuentran con personas que bien están consumiendo algún tipo de sustancia o la llevan encima. En estos casos, la respuesta más común de defensa es: “Solo es para consumo propio”

Cuando esa cantidad de droga, ya se trate de estupefacientes u otra droga psicotrópica eleva la cantidad legalmente permitida como consumo propio, se considera delito.

Por lo que si te encuentras en una situación similar y no sabes qué pasos se van a seguir, debes asesorarte con un abogado especialista en tráfico de drogas.

Sanción por delito de tráfico de drogas

En función de las características de tu caso, podrás ser sancionado por la vía administrativa o por la vía penal.

Desde la perspectiva administrativa

La Ley Orgánica 4/2015 recoge en su artículo 36.16 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana que:

El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o trans portes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares.

Es decir, la Ley prohíbe totalmente el consumo o transporte de cualquier droga en la en la vía pública.

  • Si decides fumarte un porro en la calle, la policía está obligada a multarte.
  • Cuando lleves sustancias encima y la policía la encuentre tras un registro, también te multará.

Nuestro abogado especialista en tráfico de drogas nos informa que la sanción económica este tipo de delitos puede ir de los 601 a los 30.000 euros.

Dependerá en todo caso de la cantidad que encuentren.

Desde la perspectiva penal

El Código Penal en el artículo 368.1 recoge que:

Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

Es decir, si transportas una cantidad de drogas superior a lo que la ley establece como consumo propio, ese excedente será considerado como tráfico de drogas.

Estas infringiendo la Ley y por tanto en este caso se trata de un DELITO.

Tu abogado especialista en tráfico de drogas te advierte que un principio, únicamente se consideran indicios por tráfico.

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